La región de Emilia Romagna ha destinado 24 millones de euros del Fondo de Desarrollo y Cohesión para la remodelación de los centros deportivos regionales. La licitación contempla dos líneas de inversión. La línea A está destinada a Entidades Locales: presentando un proyecto con un valor igual o superior a 300 mil euros, se puede obtener una aportación del 70%, hasta un máximo de 500 mil euros. La línea B está dirigida a intervenciones de organismos públicos en las que también participan entidades privadas. En este caso, la aportación pagada puede alcanzar hasta 1,5 millones de euros.
La licitación está dirigida a las entidades locales de Emilia-Romaña (los municipios, las uniones de municipios, las provincias y la ciudad metropolitana de Bolonia), para la implementación de intervenciones en instalaciones de propiedad pública.
a) Para la Línea Adedicada a intervenciones realizadas directamente por las autoridades locales beneficiarias a través de licitaciones:
- una contribución equivalente a un máximo del 70% de los gastos subvencionables; aumentado al 85% para las autoridades locales dentro de las Áreas Internas y para los Municipios enteramente montañosos;
- un importe máximo a conceder no superior a 500.000,00 € para cada beneficiario.
b) Para la Línea B dirigida a intervenciones que involucren a entidades privadas en las siguientes formas: 1) Asociación Público Privada (APP) prevista en el Título IV del Código de Contratos (Decreto Legislativo 36/2023), de tipo contractual, con excepción del contrato de disponibilidad y el contrato de arrendamiento financiero según lo define el Código de Contratos Públicos. 2) Las intervenciones que deban realizarse sobre bienes públicos por parte de las Entidades locales, con aportación de capital privado, siempre que la misma, en el momento de su adjudicación, sea superior al 10% del importe total y por un valor no inferior a 500 mil euros.
- una contribución que no exceda de 1/3 (un tercio) del coste total de la obra;
- la aportación no puede exceder el importe del capital a cargo de la Autoridad Local;
- un importe máximo subvencionable de 1.500.000€ para cada beneficiario.
La subvención concedida puede acumularse con otras subvenciones públicas concedidas para los mismos gastos subvencionables, hasta un máximo del 100 % del gasto, pero no puede, sin embargo, acumularse con otras subvenciones públicas concedidas por la Región de Emilia-Romaña en el marco de licitaciones anteriores para instalaciones deportivas.
Las intervenciones relacionadas con instalaciones deportivas de propiedad pública, incluidas aquellas ubicadas dentro de escuelas, atribuibles a las siguientes áreas de intervención son elegibles para recibir financiación en virtud de este aviso:
Las intervenciones pueden afectar libremente a uno o más de los ámbitos de intervención enumerados anteriormente.
Las intervenciones deben referirse a una única instalación deportiva (entendido como un conjunto de uno o más espacios para actividades deportivas del mismo o diferente tipo, que tienen en común los espacios y servicios auxiliares relacionados) o un único complejo deportivo (un conjunto de varias instalaciones deportivas contiguas que tienen elementos constitutivos, espacios auxiliares y/o servicios comunes).
Las intervenciones también podrán referirse, en caso de contrato, a un único lote funcional de una intervención más compleja en una instalación o complejo deportivo, siempre que ello garantice la funcionalidad, usabilidad y viabilidad con independencia de la ejecución del resto del complejo de intervenciones.
Las intervenciones deberán incluir, bajo pena de inadmisibilidad, una inversión mínima subvencionable no inferior a 300.000,00 €.
Las solicitudes deben cumplimentarse, validarse y enviarse a la Región de Emilia-Romaña exclusivamente por vía electrónica, a través de una plataforma informática específica disponible en la dirección web fsc.regione.emilia-romagna.it, cumplimentando los formularios allí disponibles.
Las solicitudes de aportes deberán estar firmadas digitalmente por el Representante Legal de la Organización o por una persona en quien él delegue.
Las solicitudes podrán presentarse a partir de las 10:00 horas del 30 de septiembre de 2024 y hasta las 17:00 horas del 28 de noviembre de 2024.
Cada autoridad local podrá presentar sólo una solicitud relativa a una única instalación o complejo deportivo.
A continuación, enumeramos la puntuación máxima para cada criterio, acompañada de algunas sugerencias para alinearnos mejor con los objetivos según nuestra interpretación. Las solicitudes que alcancen una puntuación inferior a 50 puntos se considerarán no elegibles, incluida cualquier puntuación de recompensa.
Se evaluará la exhaustividad y claridad de la presentación del proyecto, su coherencia con los objetivos del concurso y la presencia de soluciones tecnológicas innovadoras.
El índice de dotación de equipamientos del mismo tipo presentes en la cuenca territorial de referencia se evaluará respecto de la población residente, favoreciendo a los territorios menos dotados.
Se evaluará la adopción de soluciones tecnológicas destinadas a mejorar la sostenibilidad ambiental, incluido el uso de productos y materiales con certificaciones ambientales o la obtención de certificaciones ambientales para el edificio, para reducir la huella ambiental, reducir las emisiones que alteran el clima también mediante el uso de energías renovables y limitar el consumo de energía y materiales, como el de los recursos hídricos.
En el caso de intervenciones de recalificación energética de edificios existentes, la reducción del consumo energético y la reducción de las emisiones de gases causantes del cambio climático se evaluarán a través de los datos de rendimiento de las simulaciones APE (pre y post intervención) adjuntas a la solicitud. En el caso de edificios de nueva construcción se tendrá en cuenta el rendimiento energético postintervención indicado en la simulación APE.
A efectos de sostenibilidad ambiental, también se evaluarán, si están presentes, los siguientes datos: ahorros esperados en recursos hídricos, por ejemplo para uso en piscinas, baños, riego de áreas verdes equipadas y no equipadas; cobertura del consumo de energía final satisfecho mediante sistemas instalados como parte de la intervención propuesta.
Se valorará la adaptación del sistema a la normativa relativa a seguridad y accesibilidad, en particular para la reducción del riesgo sísmico, la seguridad contra incendios, la presencia de desfibriladores, la accesibilidad de las personas con discapacidad tanto como usuarios como público y la adaptación a la normativa CONI, cuando sea necesario.
Se evaluará la presentación, en el momento de la solicitud, de un proyecto ejecutivo ya aprobado.
Se evaluará la rapidez del calendario de gastos.

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